2. CHEQUE
Es un documento
mercantil, aceptado como medio de pago, que emite y firma una persona (librador),
para que una entidad financiera (librado) pague la cantidad consignada en el
cheque, a otra persona (tenedor o beneficiario).
¿QUIÉNES INTERVIENEN?
LIBRADOR:
Es la persona que
tiene la DEUDA que puede ser una persona física o jurídica, que se compromete a
pagar la cantidad que está en el cheque.
LIBRADO:
Es LA ENTIDAD
FINANCIERA (banco). El deudor debe de tener una cuenta abierta en la entidad
para pagar la cantidad que está en el cheque.
TENEDOR
O BENEFICIARIO:
Es la persona que
tiene en su PODER el cheque y es quien va cobrar la cantidad que está en el
cheque.
REQUISITOS
El cheque debe de
contener de acuerdo al Artículo 176 de la Ley de Títulos y Operaciones de
Crédito lo siguiente:
I.
La mención de ser “Cheque”, inserta en el texto del
documento;
II.
La expresión del lugar y la fecha en que se expide;
III.
La orden incondicional de pagar una suma determinada de
dinero;
IV.
El nombre del librado;
V.
El lugar de pago; y
ELEMENTOS
Los elementos
constitutivos del Cheque son:
I.
DATOS
Son aquellos datos de
la entidad bancaria o sucursal de la cuenta sobre la que se ha efectuar el pago
(domicilio, teléfono, email, etc.)
II.
FECHA Y LUGAR
III.
PERSONA A FAVOR
IV.
IMPORTE DEL CHEQUE
El importe del cheque
debe ser expresado en letras (en las líneas) y en números (el cuadro chico que
contiene el cheque).
V.
FIRMA
VII.
NUMERO DE TRANSITO
INTERBANCARIO
VIII. ENDOSO
El endoso en el
cheque TRANSMITE los DERECHOS DE COBRO que se derivan del cheque a OTRA PERSONA.
IX.
AVAL
El pago de un cheque
puede avalarse por totalidad o por parte su importe. En el cheque se debe de
exprese el “aval” y ser firmado por el avalista.
X.
PROTESTO
El protesto en el cheque es la anotación que hace el Banco donde
se estipula que el cheque fue presentado en tiempo para su pago y NO fue pagado
totalmente o parcialmente.
TIPOS DE CHEQUES
Existen diversas
formas de cheques, algunas de los cheques más importantes son:
A. CHEQUE AL PORTADOR
Es aquel que NO
indica una persona específica a favor de quien se expide. Este tipo de cheque debe
indicar la leyenda “al portador”.
B. CHEQUE NOMINATIVO O A LA ORDEN
Son aquellos en que
se indica un SOLO beneficiario que puede cobrarlo. Este beneficiario solo puede
hacer el primer endoso a favor de otra persona o empresa para ceder sus
derechos.
C. CHEQUE DE CAJA
Es aquel cheque que
es expedido por una INSTITUCIÓN DE CRÉDITO para que sea pagado en sus propias
sucursales.
D. CHEQUE CERTIFICADO
En
algunas ocasiones el beneficiario de un cheque necesita estar totalmente seguro
de este documento cuenta con fondos suficientes para ser pagado por el banco,
lo cual el banco tiene que certificar la existencia de estos fondos.
En
este tipo de cheque el banco RETIRA EL IMPORTE SEÑALADO EN EL CHEQUE DE LA
CUENTA DE LA PERSONA QUE LO EXPIDE, SELLÁNDOLO Y FIRMÁNDOLO COMO PRUEBA DE
GARANTÍA que el documento contara con los fondos suficientes cuando el
beneficiario lo presenta para su cobro en el plazo establecido.
E. CHEQUE CRUZADO
Este
cheque tiene la característica de que la persona que lo expide o quien lo
tiene, le traza dos rectas paralelas en dirección general por el anverso del
cheque. La finalidad de este cruce es que el cheque NO puede ser cobrado en efectivo,
sino que solo se puede abonar su importe en una cuenta de banco mediante un depósito.
Estos
cheques pueden cruzarse de dos formas:
a) GENERAL: Se trazan las líneas paralelas SIN DETERMINAR
EL BANCO donde se hará el cobro del cheque.
b) ESPECIAL: Cuando dentro de las líneas se ANOTA EL
NOMBRE DEL BANCO ELEGIDO para depositar el cheque.
F. CHEQUE DE VIAJERO
Es aquel que expide
una Institución Bancaria, u otras agencias autorizadas (Visa, MasterCard), para
que sea pagado por su establecimiento principal y por sus sucursales que tenga
en la Republica Mexicana o en el extranjero.
G. CHEQUE PARA ABONO DE CUENTAS
Es aquel que
obligatoriamente debe ser DEPOSITADO en la cuenta del BENEFICIARIO.
H. CHEQUE DE VENTANILLA
La Institución
Bancaria emite este cheque que SOLAMENTE PODRÁ SER COBRADO por el INTERESADO EL
MISMO DÍA en lo que haya solicitado y dentro de la misma sucursal en donde fue
emitido.
Generalmente este
tipo de cheques son emitidos cuando el cliente requiere con URGENCIA DINERO en
EFECTIVO y ha olvidado la chequera o la tarjeta de debito.
3. PAGARE
Es un documento
mercantil mediante el cual una persona se compromete a pagar a otra persona una
determinada cantidad de dinero en una fecha acordada previamente.
La diferencia con la
letra de cambio radica en quien realiza el pagare es el PROPIO DEUDOR.
¿QUIÉNES INTERVIENEN?
SUSCRIPTOR
O DEUDOR:
Es la persona que se COMPROMETE
A PAGAR LA SUMA DE DINERO en una fecha futura fija o determinada. También el suscriptor
o deudor es aquella que realiza el pagare.
BENEFICIARIO
O TENEDOR:
Es la persona que se
le tiene que PAGAR LA SUMA DE DINERO ESTIPULADA en el pagare.
AVALISTA:
Es la persona que GARANTIZA
EL PAGO DEL PAGARE.
REQUISITOS
Los requisitos que
debe de contener un pagare están establecidos en el Artículo 170 de la Ley de
Títulos y Operaciones de Crédito y son los siguientes:
I.
La mención de ser “Pagare”, inserta en el texto del
documento;
II. La promesa incondicional
de pagar una suma determinada de dinero;
III.
El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago;
IV.
La época y el lugar del pago;
V.
La fecha y el lugar en que se suscriba el documento; y
ELEMENTOS
Los elementos del
pagare son los siguientes:
I. DENOMINACIÓN DEL PAGARE
II. LUGAR Y FECHA DE EMISIÓN
Es necesario
establecer el momento en que se ha emitido el pagare, así como el lugar. Solo es necesario poner el MUNICIPIO.
III. RAZÓN SOCIAL A LA QUE SE DEBE REALIZAR EL PAGO
I.
FECHA DEL PAGO
II.
TASA DE INTERÉS
III.
NOMBRE Y DATOS DEL
DEUDOR
Los nombres y datos
del deudor que debe de llevar son: dirección, población y por supuesto el
nombre completo del deudor.
IV.
FIRMA Y ANTEFIRMA DEL
EMISOR
V.
ENDOSO
El endoso en el
cheque es una clausula escrita en el pagare, por la que el endosante
(beneficiario o tenedor del pagare), mediante a su firma, transmite a un
tercero (endosatario), todos los derechos derivados del mismo.
El endoso contendrá la
siguiente expresión: “Páguese a….” indicándose el nombre del nuevo beneficiario
o también con una firma del endosante (actual poseedor del pagare) en el
reverso del pagare.
TIPOS DE ENDOSO
Los tipos de endoso
del Pagare son los siguientes:
A. ENDOSO DE APODERAMIENTO O PARA COBRANZA
Este tipo de endoso se
transmite única y exclusivamente para PRESENTARLO EN EL COBRO sin adquirir el
endosatario alguna cantidad de dinero y la propiedad del título de crédito.
B. ENDOSO PARA GARANTÍA
En este caso quien
endosa el pagare hace constar en el mismo la mención “valor en prenda” o “valor
en garantía”.
El pagare actúa como garantía
en el cumplimiento de una obligación preexistente entre el endosante y el
endosatario. A pesar de que el endosatario NO adquiere la propiedad del pagare,
puede EXIGIR SU PAGO Y TIENE LOS MISMOS DERECHOS QUE UN ENDOSATARIO NORMAL.
VI.
PROTESTO
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