sábado, 26 de noviembre de 2016

4.- TÍTULOS DE CRÉDITO (SEGUNDA PARTE)


2.    CHEQUE
Es un documento mercantil, aceptado como medio de pago, que emite y firma una persona (librador), para que una entidad financiera (librado) pague la cantidad consignada en el cheque, a otra persona (tenedor o beneficiario).



¿QUIÉNES INTERVIENEN?
LIBRADOR:
Es la persona que tiene la DEUDA que puede ser una persona física o jurídica, que se compromete a pagar la cantidad que está en el cheque.
LIBRADO:
Es LA ENTIDAD FINANCIERA (banco). El deudor debe de tener una cuenta abierta en la entidad para pagar la cantidad que está en el cheque.
TENEDOR O BENEFICIARIO:
Es la persona que tiene en su PODER el cheque y es quien va cobrar la cantidad que está en el cheque.

REQUISITOS
El cheque debe de contener de acuerdo al Artículo 176 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito lo siguiente:
I.             La mención de ser “Cheque”, inserta en el texto del documento;
II.           La expresión del lugar y la fecha en que se expide;
III.          La orden incondicional de pagar una suma determinada de dinero;
IV.         El nombre del librado;
V.           El lugar de pago; y
VI.         La firma del librador.



ELEMENTOS
Los elementos constitutivos del Cheque son:

I.             DATOS
Son aquellos datos de la entidad bancaria o sucursal de la cuenta sobre la que se ha efectuar el pago (domicilio, teléfono, email, etc.)


II.           FECHA Y LUGAR
Lugar y Fecha que se emite el cheque.




III.          PERSONA A FAVOR
Persona física o jurídica a la que se emite el cheque, también puede ser “al portador”.




IV.         IMPORTE DEL CHEQUE
El importe del cheque debe ser expresado en letras (en las líneas) y en números (el cuadro chico que contiene el cheque).




V.           FIRMA
La firma da permiso o autorización al banco para entregar el dinero al beneficiario.




VI.         SERIE, TIPO Y NUMERO DEL CHEQUE



VII.        NUMERO DE TRANSITO INTERBANCARIO
El Número de Transito Interbancario identifica al Banco que emitió el cheque.



VIII.      ENDOSO
El endoso en el cheque TRANSMITE los DERECHOS DE COBRO que se derivan del cheque a OTRA PERSONA.
El cheque emitido al portador puede endosarse o transmitirse mediante la entrega del mismo.



IX.         AVAL
El pago de un cheque puede avalarse por totalidad o por parte su importe. En el cheque se debe de exprese el “aval” y ser firmado por el avalista.
Se entenderá que existe un aval cuando este la firma del mismo en el anverso del cheque.



X.           PROTESTO
El protesto en el  cheque es la anotación que hace el Banco donde se estipula que el cheque fue presentado en tiempo para su pago y NO fue pagado totalmente o parcialmente.




TIPOS DE CHEQUES
Existen diversas formas de cheques, algunas de los cheques más importantes son:
A.   CHEQUE AL PORTADOR
Es aquel que NO indica una persona específica a favor de quien se expide. Este tipo de cheque debe indicar la leyenda “al portador”.



B.   CHEQUE NOMINATIVO O A LA ORDEN
Son aquellos en que se indica un SOLO beneficiario que puede cobrarlo. Este beneficiario solo puede hacer el primer endoso a favor de otra persona o empresa para ceder sus derechos.



C.   CHEQUE DE CAJA
Es aquel cheque que es expedido por una INSTITUCIÓN DE CRÉDITO para que sea pagado en sus propias sucursales.
Deben ser expedidos a nombre de una persona determina y NO son negociables.



D.   CHEQUE CERTIFICADO
En algunas ocasiones el beneficiario de un cheque necesita estar totalmente seguro de este documento cuenta con fondos suficientes para ser pagado por el banco, lo cual el banco tiene que certificar la existencia de estos fondos.
En este tipo de cheque el banco RETIRA EL IMPORTE SEÑALADO EN EL CHEQUE DE LA CUENTA DE LA PERSONA QUE LO EXPIDE, SELLÁNDOLO Y FIRMÁNDOLO COMO PRUEBA DE GARANTÍA que el documento contara con los fondos suficientes cuando el beneficiario lo presenta para su cobro en el plazo establecido.


E.   CHEQUE CRUZADO
Este cheque tiene la característica de que la persona que lo expide o quien lo tiene, le traza dos rectas paralelas en dirección general por el anverso del cheque. La finalidad de este cruce es que el cheque NO puede ser cobrado en efectivo, sino que solo se puede abonar su importe en una cuenta de banco mediante un depósito.
Estos cheques pueden cruzarse de dos formas:
a)   GENERAL: Se trazan las líneas paralelas SIN DETERMINAR EL BANCO donde se hará el cobro del cheque.
b)   ESPECIAL: Cuando dentro de las líneas se ANOTA EL NOMBRE DEL BANCO ELEGIDO para depositar el cheque.



F.   CHEQUE DE VIAJERO
Es aquel que expide una Institución Bancaria, u otras agencias autorizadas (Visa, MasterCard), para que sea pagado por su establecimiento principal y por sus sucursales que tenga en la Republica Mexicana o en el extranjero.



G.  CHEQUE PARA ABONO DE CUENTAS
Es aquel que obligatoriamente debe ser DEPOSITADO en la cuenta del BENEFICIARIO.


H.   CHEQUE DE VENTANILLA
La Institución Bancaria emite este cheque que SOLAMENTE PODRÁ SER COBRADO por el INTERESADO EL MISMO DÍA en lo que haya solicitado y dentro de la misma sucursal en donde fue emitido.
Generalmente este tipo de cheques son emitidos cuando el cliente requiere con URGENCIA DINERO en EFECTIVO y ha olvidado la chequera o la tarjeta de debito.





3.    PAGARE
Es un documento mercantil mediante el cual una persona se compromete a pagar a otra persona una determinada cantidad de dinero en una fecha acordada previamente.
La diferencia con la letra de cambio radica en quien realiza el pagare es el PROPIO DEUDOR.


¿QUIÉNES INTERVIENEN?
SUSCRIPTOR O DEUDOR:
Es la persona que se COMPROMETE A PAGAR LA SUMA DE DINERO en una fecha futura fija o determinada. También el suscriptor o deudor es aquella que realiza el pagare.
BENEFICIARIO O TENEDOR:
Es la persona que se le tiene que PAGAR LA SUMA DE DINERO ESTIPULADA en el pagare.
AVALISTA:
Es la persona que GARANTIZA EL PAGO DEL PAGARE.

REQUISITOS
Los requisitos que debe de contener un pagare están establecidos en el Artículo 170 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito y son los siguientes:
I.        La mención de ser “Pagare”, inserta en el texto del documento;
II.      La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero;
III.         El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago;
IV.           La época y el lugar del pago;
V.         La fecha y el lugar en que se suscriba el documento; y
VI.        La firma del suscriptor o deudor que firme o su nombre.




ELEMENTOS
Los elementos del pagare son los siguientes:

I.     DENOMINACIÓN DEL PAGARE
Debe aparecer expresamente para dar carácter ejecutivo al documento.



II. LUGAR Y FECHA DE EMISIÓN
Es necesario establecer el momento en que se ha emitido el pagare, así como el lugar. Solo es necesario poner el MUNICIPIO.



III. RAZÓN SOCIAL A LA QUE SE DEBE REALIZAR EL PAGO
Es el nombre la persona física o jurídica a quien debe pagarse.



                                                                                         I.        FECHA DEL PAGO
Es el día en el cual procede el cobro del pagare.



                                                                                       II.        TASA DE INTERÉS
Desde la fecha de vencimiento del pagare hasta el día de su liquidación, causara intereses moratorios del porcentaje que se estipule.



                                                                 III.        NOMBRE Y DATOS DEL DEUDOR
Los nombres y datos del deudor que debe de llevar son: dirección, población y por supuesto el nombre completo del deudor.



                                                               IV.        FIRMA Y ANTEFIRMA DEL EMISOR
La firma y antefirma del emisor dará validez a la orden del pago del pagare.



                                                                                                    V.        ENDOSO
El endoso en el cheque es una clausula escrita en el pagare, por la que el endosante (beneficiario o tenedor del pagare), mediante a su firma, transmite a un tercero (endosatario), todos los derechos derivados del mismo.
El endoso contendrá la siguiente expresión: “Páguese a….” indicándose el nombre del nuevo beneficiario o también con una firma del endosante (actual poseedor del pagare) en el reverso del pagare.




TIPOS DE ENDOSO
Los tipos de endoso del Pagare son los siguientes:

A.   ENDOSO DE APODERAMIENTO O PARA COBRANZA
Este tipo de endoso se transmite única y exclusivamente para PRESENTARLO EN EL COBRO sin adquirir el endosatario alguna cantidad de dinero y la propiedad del título de crédito.




B.   ENDOSO PARA GARANTÍA
En este caso quien endosa el pagare hace constar en el mismo la mención “valor en prenda” o “valor en garantía”.
El pagare actúa como garantía en el cumplimiento de una obligación preexistente entre el endosante y el endosatario. A pesar de que el endosatario NO adquiere la propiedad del pagare, puede EXIGIR SU PAGO Y TIENE LOS MISMOS DERECHOS QUE UN ENDOSATARIO NORMAL.



                                                                                              VI.        PROTESTO
Se realiza el protesto en el Pagare por FALTA DE ACEPTACIÓN O PAGO.




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